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Mina Justa Subterránea: ajustes en rampas

  • hace 2 horas
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Monto de inversión se mantiene para la exploración subterránea, y asciende a US$M 83.9

Marcobre tiene la intención de modificar las labores de profundización de la Rampa Norte y de la Rampa Sur, adecuándolas a las necesidades actuales del Proyecto Mina Justa Subterránea. Dicha modificación implica una variación en la longitud de las rampas de exploración subterránea aprobadas en la 8 MEIA sd y de las labores horizontales, verticales y de desquinche asociadas.


El monto de inversión del proyecto se mantiene para la exploración subterránea, y asciende a US$ 83.9 millones, lo cual comprende US$ 81.7 millones para la etapa de construcción y US$ 2.2 millones para la etapa de operación y mantenimiento.


Rampa NorteLa profundización de la Rampa Norte según la variación propuesta inicia en la cota 643 m s.n.m. y termina en la cota 345 m s.n.m. con una longitud total de rampa de 2,983 m.


Debido a la propuesta de variación en la longitud de la Rampa Norte materia del presente ITS, se estima la reducción de la cantidad de ciertas estructuras contempladas en la 8MEIA-sd, mientras que otras se mantienen, de acuerdo con lo siguiente:


11 cámaras de carguío de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 2)

11 cámaras de acumulación de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 2)

7 pozas de drenaje de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 2)

10 subestaciones eléctricas móviles de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 2)

2 subestaciones eléctricas de ventilación de 5,0 x 5,0 m. (Se mantiene según lo previsto en la 8 MEIA-sd, 2025)

7 subestaciones eléctricas de bombeo. (modificado, se reducen 2)

9 estocadas de ventilación de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reduce 1)

50 refugios peatonales dispuestos cada 50 m y de 2,0 x 2,0 m. (modificado, se reducen 14)

8 refugios móviles ubicados a una distancia no mayor de 500 m respecto al frente de trabajo.

(modificado, se reduce 1)


2 cámaras diamantinas de 7,0 x 5,0 m. (Se mantiene según lo previsto en la 8MEIA-sd, 2025)

2 cruceros de exploración de 5,0 x 4,5 m. (modificado, se reduce 1)

8 tiros piloto: TP-03, TP-04, TP-05, TP-06, TP-07, TP-08, TP-09 y TP-10. (modificado, se reduce 1)

2 chimeneas de ventilación ɸ 2m: CH-19 y CH-1B. (Se mantiene según lo previsto en la 8 MEIA-sd, 2025)

3 chimeneas de ventilación ɸ 4,1m: CH-2, CH-2B, CH-2C. (modificado, se reduce 1)

Rampa SurLa profundización de la Rampa Sur según la variación propuesta inicia en la cota 709,203 m s.n.m. y termina en la cota 536 m s.n.m. con una longitud total de rampa de 1,911 m.

Debido a la propuesta de variación en la longitud de la Rampa Sur materia del presente ITS, se estima la reducción de la cantidad de ciertas estructuras contempladas en la 8 MEIA-sd, mientras que otras se mantienen, de acuerdo con lo siguiente:


• 8 cámaras de carguío de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 4

• 8 cámaras de acumulación de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 4)

• 5 pozas de drenaje de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 3)

• 6 subestaciones eléctricas móviles de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 3)

• 2 subestaciones eléctricas de ventilación de 5,0 x 5,0 m. (Se mantiene según lo previsto en la 8MEIA-sd, 2025)

• 5 subestaciones eléctricas de bombeo. (modificado, se reducen 3)

• 9 estocadas de ventilación de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 3)

• 31 refugios peatonales de 2,0 x 2,0 m y dispuestos cada 50 m. (modificado, se reducen 20)

• 2 refugios móviles de 5,0 x 5,0 m. (modificado, se reducen 2)

• 1 cámara diamantina de 7,0 x 5,0 m. (Se mantiene según lo previsto en la 8MEIA-sd, 2025)• 2 cruceros de exploración de 5,0 x 4,5 m. (modificado, se reducen 2)

• 5 tiros piloto: TP-03, TP-04, TP-05, TP-06 y TP-07. (modificado, se reducen 2)

• 2 chimeneas de ventilación ɸ 2m: CH-3B y CH-3C (Se mantiene según lo previsto en la 8 MEIA-sd, 2025)

• 3 chimeneas de ventilación ɸ 4,1m: CH-2, CH-3 y CH-2B. (modificado, se reducen 2)


Bajo la configuración actual de los componentes aprobados y sus correspondientes variaciones que fueron objeto de comunicaciones previas, el área efectiva aprobada en la 8 MEIA-sd es mayor al espacio físico ocupado por las áreas de actividad minera y área de uso minero, por lo que la empresa propone su reducción, a partir de la configuración vigente de las actividades de exploración.


Fuente: Energiminas



 
 
 

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