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INDECOPI impone derechos antidumping definitivos a lavaderos chinos


En el procedimiento de investigación a las importaciones de lavaderos de acero inoxidable de un peso menor a 23 kilogramos, originarios de la República Popular China, la Comisión de dumping, subsidios y eliminación de barreras comerciales no arancelarias del INDECOPI dispuso por Resolución N° 001-2026/CDB-INDECOPI de fecha 25 de los corrientes la imposición de derechos antidumping definitivos sobre las referidas importaciones.


La medida se adopta, en el marco de un procedimiento iniciado por la empresa peruana Manufactura de Metales y Aluminio Record, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones jurídicas establecidas a tal efecto, en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en los Decretos supremos relacionados con el área de Dumping y Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias.


La Comisión indica que, de acuerdo con un examen objetivo, basado en pruebas, se ha determinado la existencia de prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de lavaderos originarios de la República Popular China, durante el periodo de análisis fijado en el procedimiento (julio de 2023 – junio de 2024).


Asimismo, se ha constatado que el incremento de las importaciones del producto objeto de dumping, tanto en términos absolutos, como en términos relativos al consumo interno y la producción de la rama de producción nacional (RPN), incidió negativamente en los precios de venta del producto elaborado por la RPN, así como en el desempeño de la misma, pues los principales indicadores económicos y financieros de esta última mostraron una evolución desfavorable durante el periodo de análisis (enero de 2021 – junio de 2024), no habiéndose identificado otros factores que expliquen el daño importante experimentado por la RPN en dicho periodo.


Los derechos antidumping definitivos se han establecido por un período de 5 años.


 Fuente: Diario El Peruano 

 
 
 

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